07 Jul DESDE JULIO.Nuevos aranceles para gestiones en el ICAA
A partir del 1 de julio de 2014 entraron en vigencia nuevos valores para las actividades brindadas por las distintas áreas del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) de acuerdo a la Resolución Nº 390/14. Los nuevos valores están disponibles en el cuadro aranceles publicado en este sitio web.
Como todo ente autárquico, el ICAA es financiado por el tesoro provincial sólo en lo que respecta a las retribuciones correspondientes a los salarios de su personal y en lo referente al funcionamiento general y mantenimiento de su estructura, debe recurrir a la obtención de los fondos a través de las alternativas que tiene disponible en su calidad de Autoridad de Aplicación de las distintas materias de su competencia, a ser aplicados a las distintas erogaciones tales como comisiones de servicios, insumos (como tinta, papeles, etc.), compra de equipamientos, mobiliarios, etc., como así también para abonar los distintos servicios públicos como ser costo de la energía, entre otros conceptos.
La medida incluye al arancelamiento de la gestión administrativa de la temática ambiental, para presentaciones técnicas, de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), al respecto, continua vigente la bonificación por impresión en doble faz, para los documentos superiores a 10 fojas, beneficio por adhesión a Buenas Prácticas Ambientales en Oficinas Públicas.
De igual manera, solicitud de Certificaciones Ambientales, Declaración de Impacto Ambiental, ampliatoria de información, ampliación de viabilidad ambiental y/o declaración de impacto ambiental.
Asimismo arancelamiento a la gestión administrativa de la temática minera, al realizar la solicitud, solicitud de libre deuda, ampliatoria de información, igual medida para gestiones relacionadas con islas fiscales.
También fueron modificados los valores correspondientes a aranceles de gestión administrativa de la temática hídrica, al realizar la solicitud, para certificados de no inundabilidad, aprobación de estudios hidrológicos, ampliatoria de información y servicios administrativos.
Explotaciones de áridos y arena
Así también el ICAA modificó los valores correspondientes a aranceles de explotaciones de áridos y de arena, así como valores de multas por incumplimiento en las presentaciones juradas.
Por Resolución Nº 375 el ICAA modificó el arancel del registro de Productor de Aridos, que entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2014, así como nuevos valores para el Derecho de control y fiscalización de explotación de áridos, para basalto triturado, canto rodado, ripio, arcilla y limo y piedra laja.
De igual manera, se modificaron los aranceles por incumplimiento en la presentación de declaración jurada que corresponde multa automática, con posibilidades de reducción de multa, pago voluntario, presentación espontánea y pago de la multa.
En tanto que por Resoluciones ICAA Nº 391 y Nº 392 se establecieron nuevos aranceles para el registro de Productor Arenero, derecho de concesión de arena, permiso provisorio, permiso extraordinario y derecho de explotación de arena.
Igualmente se establecieron nuevos valores de las multas por incumplimiento en la presentación de la declaración jurada, casos de reducción de multas, pago voluntario, presentación espontánea entre otros.