08 Oct DESARROLLOS INMOBILIARIOS.Recomendaciones del ICAA para los compradores
El Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) recomendó a los posibles compradores de predios en conjuntos inmobiliarios, barrios privados, clubes de campos y/o loteos en zona urbana o suburbana, que deberán solicitar al vendedor el uso de suelo aprobado por la municipalidad que corresponda.
Dicha aprobación municipal está dada en función de las atribuciones que les confiere el artículo 225 de la Constitución Provincial y por ello las ordenanzas y reglamentaciones debe establecer claramente todo lo referente a uso de suelo y urbanización; en síntesis ordenamiento territorial municipal.
Dicha recomendación está estrechamente relacionada con el reciente comunicado de la Dirección de Energía de Corrientes (DPEC) que advierte «a quienes quieran adquirir lotes o a quienes ya lo adquirieron, que tomen los recaudos necesarios para informarse que su lote o barrio privado cuenten con la infraestructura eléctrica adecuada y aprobada por la DPEC».
De acuerdo con lo indicado por la empresa «se han incrementado los emprendimientos de loteos y barrios privados en zonas que no cuentan con la infraestructura eléctrica suficiente o necesaria para suministrar energía con la calidad adecuada y que muchas veces ni siquiera cuentan con proyectos urbanísticos que lo contemplen en un futuro cercano».
Otros requisitos
De acuerdo a dónde esté ubicado o estará ubicado el emprendimiento inmobiliario, algunas ordenanzas establece la mensura aprobada por todos los organismos de control en la que conste la división, parcela, lote, etc., así como los límites y superficie detallados del inmueble que se adquiere
En algunas ocasiones, cuando tenga como límite un curso de agua, dicho plano deberá estar visado por el ICAA con delimitación de la Línea de Ribera.
También algunos municipios exigen el certificado de no inundabilidad y la aptitud ambiental, ya sea aprobado por el municipio que corresponda o en algunos casos esta establecido que sea ICAA.
De ser el ICAA la autoridad para aprobar todo lo referente al Código de Aguas y Ley de Impacto Ambiental en inmuebles para desarrollos inmobiliarios, barrios cerrados o loteos abiertos, el interesado debe presentar el Aviso de Proyecto (antes de realizar cualquier tipo de obra) para evaluar el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA).
Otro comprobanteque solicita las ordenanzas es el certificado de no afectación a Bosques Nativos, emitidos por la Dirección de Recursos Forestales del Ministerio de Producción.